abril 15, 2026

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Santa Fe tiene nueva ley orgánica de Municipios

Diputados introdujo cambios y el Senado dio sanción definitiva. La norma redefine autonomía, competencias y funcionamiento de los gobiernos locales

La Cámara de Diputados de Santa Fe aprobó la nueva ley orgánica de Municipios, incorporando una serie de modificaciones al texto que ya contaba con media sanción del Senado. La iniciativa fue avalada en la Cámara baja con 30 votos a favor del oficialismo y 17 en contra. Al haberse introducido cambios, el proyecto regresó al Senado, donde finalmente obtuvo la sanción definitiva.

Se trata de una norma considerada clave dentro del nuevo esquema institucional que surge tras la reforma constitucional. En Diputados, el proyecto fue respaldado únicamente por el bloque oficialista Unidos, que cuenta con mayoría, mientras que el peronismo y otros espacios expresaron su disconformidad por la falta de apertura a modificaciones de fondo. 

Desde el oficialismo defendieron el proceso de debate previo. Al respecto, el senador Michlig destacó el consenso alcanzado al señalar que la aprobación se dio por unanimidad y calificó la jornada como un hecho relevante para las administraciones locales.

La diputada Lionela Cattalini destacó que se trata de una legislación “obligada” tras la reforma constitucional y remarcó la participación de distintos sectores durante su tratamiento. En ese sentido, mencionó que fueron escuchadas entidades como Festram, foros de intendentes y diversas organizaciones sociales.

Entre los principales cambios introducidos por Diputados se encuentra la ampliación de las facultades de expropiación, que ya no estarán restringidas a municipios de más de 10 mil habitantes, sino que podrán ser ejercidas por todas las ciudades que cuenten con Concejo Municipal, por razones de utilidad pública como obras, servicios o protección ambiental.

Otro punto relevante es la prohibición de la promulgación parcial de ordenanzas: aun en caso de veto parcial por parte del intendente, no se podrán poner en vigencia fragmentos de una norma sin completar el trámite legislativo correspondiente.

Asimismo, se amplían los mecanismos de control de la administración local, habilitando esquemas compartidos que pueden involucrar instancias regionales, provinciales o nacionales, con participación de universidades y entidades profesionales.

En municipios de menor tamaño, la ley incorpora precisiones sobre la representación de minorías en comisiones municipales, garantizando la participación de candidatos de listas no ganadoras.

También se reorganiza el capítulo sobre transición de gobierno, estableciendo la obligatoriedad de crear por ordenanza un régimen que contemple una mesa de transición, un informe final de gestión y límites a las decisiones de la administración saliente.

La nueva normativa reemplazará un régimen vigente desde hace décadas y funcionará como marco general mientras las ciudades de más de 10 mil habitantes avanzan en la elaboración de sus propias cartas orgánicas, tal como lo establece la Constitución provincial.

Qué cambia con la nueva ley

La flamante norma redefine el funcionamiento de los municipios santafesinos en varios aspectos clave:

Autonomía municipal
Se reconoce a los municipios como entidades autónomas en lo institucional, político, administrativo y financiero, en línea con la nueva Constitución.

Nuevas competencias
Los gobiernos locales amplían sus funciones en áreas como servicios públicos, ordenamiento territorial, ambiente, desarrollo productivo, seguridad preventiva, educación inicial y salud primaria.

Organización institucional
Se establece una estructura diferenciada según la población: comisiones municipales para localidades más pequeñas y concejos municipales para ciudades. Además, se fijan mandatos de cuatro años con una sola reelección consecutiva.

Facultades de los concejos
Se amplían las atribuciones legislativas y de control, incluyendo la aprobación de presupuestos, regulación de servicios, autorización de endeudamiento e interpelación de funcionarios.

Nuevas herramientas
Se incorporan mecanismos como mesas de transición obligatorias entre gestiones, la prohibición de promulgación parcial de ordenanzas, la ampliación de facultades de expropiación y la posibilidad de crear entes y empresas municipales.

Participación y control
Se promueven herramientas de participación ciudadana, como audiencias públicas, y se fortalecen los mecanismos de control institucional.