abril 29, 2024

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COMUNICADO COMUNA LOCAL- CORONAVIRUS

Hersilia, 14 de Marzo de 2020.-

ORDENANZA N° 2314/2020

VISTO:

La problemática sanitaria generada en vastas extensiones del planeta por el denominado Coronavirus como generador de la enfermedad COVID 19, Y

CONSIDERANDO:

Que motiva reglar está grave situación sanitaria la adhesión a las emergencias y protocolos decretados por el gobierno nacional y recomendaciones expuestas por el gobierno de Santa Fe a fin  de procurar evitar la propagación de esta enfermedad que se cierne sobre la humanidad sin distingo alguno ni frontera.

Que los eventos de público y notorio conocimiento vinculados con la pandemia denominada coronavirus, hacen necesario que la comuna local disponga la no autorización ni habilitacion de efectuar espectaculos públicos y demás eventos de congregación masiva de personas sea en lugares abiertos o cerrados.

Que se está trabajando conjuntamente con las autoridades sanitarias locales y demás instituciones denodadamente en la articulación de los protocolos que se recomiendan desde la cartera sanitaria provincial y nacional.

Que se debe priorizar la educación y la responsabilidad impuesta a la comunidad y sus ciudadanos a fin de evitar conductas que pongan en riesgo la salud de toda la ciudadanía.

Que la norma de necesidad y urgencia nacional prevé la tipificación penal de conductas omisivas sobre respeto de las cuarentenas impuestas en su caso las cuales pueden ser activadas para su investigación por la simple denuncia de cualquier vecino.

Por todo lo expuesto y en sus facultades de ley la

Comisión Comunal de HERSILIA sanciona la siguiente

ORDENANZA:

Artículo 1°: Adherir la normativa comunal al decreto de necesidad y urgencia emitido por el gobierno nacional y los protocolos sanitarios expuestos y publicitados por el gobierno provincial declarando la emergencia sanitaria por la pandemia coronavirus que genera la enfermedad Covid 19 por el plazo de 30 días con la posibilidad de prorrogarla conforme la dinámica evolutiva de dicha pandemia.

Artículo 2°:Dispónese suspender en el ámbito de esta localidad, todas las reuniones y eventos multitudinarios tanto en espacios abiertos como cerrados, incluyendo actividades ya sea de orden social, esparcimiento, deportivas u otras similares, como medida de prevención para evitar que se facilite el contagio y propagación del virus coronavirus, que causa la enfermedad denominada COVID-19.

Artículo 3°:Recomiéndase a la población, para impedir se extienda dicha enfermedad, el distanciamiento entre personas y la restricción a participar en toda actividad que conlleve a la concentración de la mismas.

Artículo 4°: De forma.-

FDO: ADRIANA AIAZZI (SECRETARIA)

CELESTINO NICOLAU (PTE. COMUNA)

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